miércoles, 10 de febrero de 2016

3. Normas, políticas y procedimientos.

1.- Normas: Concepto, Tipos y Clasificación.
2.- Procedimientos: características, clasificación y descripción.
3.- Diagramacion de los procedimientos.
4.- Diseño de políticas.

Normas:Podríamos definir el concepto de norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece. En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho, simples acciones como subirse a una micro generan consecuencias jurídicas como la obligación de pagar el pasaje y el derecho a que la micro haga su recorrido. 
El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.
La norma religiosa es aquella prescripción de conducta humana cuya finalidad última es posibilitar la santidad del hombre. En otras palabras ella plantea las exigencias que el hombre ha de cumplir para agradar a Dios (hacer su voluntad) así alcanzar la eterna bienaventuranza 


Tipos de Normas:

Las normas implican un conjunto de reglas o leyes que determinan el comportamiento y deben ser cumplidas por un determinado individuo en un específico lugar y tiempo. Existen distintos tipos de normas, dependiendo de quién las promulgue, ante quién deban respetarse, quién es el encargado de ejercer el castigo por incumplimiento, hacia quiénes son destinadas y de quién se espera su obediencia.
Normas sociales: estas normas son dictadas a partir de una serie de costumbres, tradiciones, y modas que prevalecen en una sociedad en particular y frente a la cual los sujetos deben responder con su cumplimiento. Estas reglas surgen de manera espontánea tras la repetición de determinadas costumbres a lo largo del tiempo pero no por esto no son percibidas por el individuo, a quien se las imponen, como no obligatorias. En caso de que un miembro de la sociedad, del que se espera que las respete, no lo haga, puede ser castigado con el rechazo y repudio social.
Normas religiosas: estas normas devienen de Dios, quien las destina a todos los seres humanos, quienes deben responder ante él con su cumplimiento. A pesar de esto, su cumplimiento se espera por parte de la comunidad de los creyentes. En caso de que no cumplan con las normas divinas, el individuo será castigado con la conciencia del pecado.   
Normas morales: estas normas, a diferencia de las anteriores, no son dictadas por nadie más que por el propio individuo, es por esto que están destinadas a sí mismo y responden a la propia conciencia. Las normas morales, en caso de no ser obedecidas por el individuo, este será castigado con su propio remordimiento.
Normas jurídicas: estas leyes son formuladas por el poder legislativo y son dirigidas para todos los individuos de una comunidad política en particular, de quienes se espera su cumplimiento. El individuo debe responder, en caso de su incumplimiento, ante un tribunal y será castigado con aquello que dictamine la ley.
Clasificación de las Normas:
Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente.
Normas religiosas:
 · La finalidad de la norma religiosa es la santidad, lo que persigue el sujeto es acercarse a Dios, logrando así la vida eterna.
· El origen de la norma religiosa es la razón de Dios que las impone al hombre, tiene un carácter heterónomo, en lo que ha su origen se refiere, estas tienen que ser conocidas, reconocida he internalizadas. Las normas religiosas tienen un carácter unilateral puesto que imponen deberes pero no facultan el cumplimiento de estos.
· Las normas religiosas presentan un carácter marcadamente interno, puesto que a la religión lo que le interesa es la intención con la cual el sujeto ejecuta el acto. No basta, pues, para que se alcance la santidad que se cumpla exteriormente con ciertas ritualidades o practicas si no que es indispensable que el individuo las acepte en conciencia.
· Las normas religiosas son incoercibles, esto es, no admiten legítimamente le aplicación de la fuerza física en caso de incumplimiento. En efecto para que el acto tenga valor religioso debe ser realizado libremente por el sujeto.
· El tipo de sanción es interno y sobrenatural: el dolor o aflicción por haber ofendido a Dios y, en último término, como se digo, la pérdida de la posibilidad de alcanzar la santidad, esto es, la condenación eterna. La sanción es aplicada también, en la definitiva por Dios.
Es importante hacer una referencia al derecho canónico, este consiste en el derecho corporativo que regula la estructura temporal de la Iglesia Católica. Sus preceptos se preocupan de fijar la jerarquía de la iglesia, su organización interna, la relación de ésta con los fieles y ellos entre sí. Las normas que integran el Derecho Canónico tienen más bien un carácter jurídico - eclesiástico religioso.
Las normas morales :
La moral es una noción analógica, es posible referirla a distintas realidades: la ley, las costumbres, las personas, los actos humanos.
En sentido estricto sólo la conducta puede ser calificada de moralmente buena o mala. Desde este punto de vista normativo se puede definir la Moral como un sistema de normas cuya finalidad es lograr la bondad del sujeto.
Normas de trato social:
Son prescripciones de conducta de carácter general aprobadas por el grupo social mediante usos y costumbres. De su mismo concepto se desprende que ellas evidencien un respeto por la tradición. Están constituidas por las normas de urbanidad, de cortesía, de etiqueta, por tradiciones folclóricas.



Características de las normas de trato social:
. Son propias de la vida social.
. Son normas externas; lo que importa en su cumplimiento es el acto exterior, careciendo de relevancia el móvil de sujeto.
. Son sociónomas, es decir, creadas por la misma sociedad.
. Son unilaterales: regulan una conducta frente a otro, pero éste no tiene facultad para exigir el cumplimiento de esa conducta. O sea, establecen solo deberes.
. La sanción por el incumplimiento es la reprobación social, la cual es ejercida por el grupo (en algunos casos fuerte sanción psicológica de repudio o rechazo al sujeto infracción).
. La sanción por su incumplimiento se dirige al infractor, no persigue la ejecución de la obligación impuesta por la norma.

. Son relativas y cambiantes. No tienen el mismo valor para todos los tiempos y lugares.
Normas Jurídicas:
Son las que regulan, garantizan y hacen posible la vida en un estado. A diferencia de los otros sistemas normativos, las normas jurídicas tienen un carácter obligatorio y suponen el uso de la coacción o de la fuerza para garantizar su cumplimiento por parte de todos los miembros de la sociedad.

Procedimiento: 
Es un término que hace referencia a la acción que consiste en proceder, que significa actuar de una forma determinada. El concepto, por otra parte, está vinculado a un método o una manera de ejecutar algo.

Características de los Procedimientos:
No son de aplicación general, sino que su aplicación va a depender de cada situación en particular.
-Son de gran aplicación en los trabajos que se repiten, de manera que facilita la aplicación continua y sistemática.
-Son flexibles y elásticos, pueden adaptarse a las exigencias de nuevas situaciones.
Desde otro punto de vista Gomes G (1997) se enfoca en las siguientes características de procedimientos:
-Por no ser un sistema; ya que un conjunto de procedimientos tendientes a un mismo fin se conoce como un sistema.
- Por no ser un método individual de trabajo. El método se refiere específicamente a como un empleado ejecuta una determinada actividad en su trabajo.
- Por no ser una actividad específica. Una actividad específica es la que realiza un empleado como parte de su trabajo en su puesto. 

Clasificación de los Procedimientos:

1.- INTERNO.- Se refiere a la creación de actos que surten sus efectos dentro del órgano emisor, por ejemplo las sanciones art. 108 Const.
2.- EXTERNO.- Se realiza ante los particulares para que surta sus efectos a través de las formalidades.
3.- PREVIO.- Se requiere de las fases necesarias para producir el acto administrativo.
4.- DE EJECUCIÓN.- Son las etapas que debe cumplirse para que el acto administrativo surta sus efectos en forma voluntaria y coactiva.
5.- DE OFICIO.- Se lleva a cabo por la iniciativa de la autoridad en ejercicio de sus funciones.
6.- A PETICIÓN DE PARTE.- Corresponde cuando el gobernado lo solicite.

LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO:
- DE LEGALIDAD.- Debe encontrarse conforme a la ley.
- DE EFICACIA.- Debe ejercitarse el acto como tal.
- GRATUIDAD.- Los servicios públicos no tienen coste alguno.
- PUBLICIDAD.- Los procedimientos no son secretos.
- EQUIDAD.- El procedimiento debe garantizar un resultado favorable.

PROCEDIMIENTO ECONÓMICO COACTIVO:
Descripción de los procedimientos:
El conjunto de elementos que constituyen la estructura de un procedimiento específico es el siguiente:
Portada; Todo procedimiento tendrá una primera página, denominada portada, en la que aparecerán los siguientes ítems:
ENCABEZADO:
Aparecerá en todas las páginas del documento, en él aparecerá y se indicará:
Logotipo de la empresa.
Consideración de procedimiento mediante la cabecera 
PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO:
Numero de revisión y fecha de la misma.
Entrada en vigor del procedimiento, desde su edición inicial.
TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO:
Titulación del procedimiento que se desarrollará según la siguiente codificación:
PRE: Siglas indicativas de Procedimiento Específico.
ORGANIZACIÓN: Abreviatura correspondiente a la organización.
XX: Pareja de dígitos que hará referencia al capítulo de la norma ISO 9001 en el que se encaja el procedimiento.
YY: Número que corresponde al procedimiento dentro del mismo capítulo de la norma ISO 9001.
INDICE:
Se reflejarán en él todos los apretados del procedimiento.
RECUADROS:
Nombre y Apellidos de la persona que realiza la revisión del Procedimiento.
Fecha en la que se ha realizado la revisión del Procedimiento.
Firma de la persona que ha realizado la revisión del Procedimiento.
Nombre y Apellidos de la persona que realiza la aprobación del Procedimiento.
Fecha en la que se ha realizado la aprobación del Procedimiento.
Firma de la persona que ha realizado la aprobación del Procedimiento.
PIE DE PÁGINA:
En el pie se indicará lo siguiente:
PRE-ORGANIZACIÓN-XX-YY: Según lo indicado anteriormente.
Nombre del procedimiento
Número de páginas: número de la página y número total de páginas.
1 OBJETO:
Este apartado es obligado y se numera con el 1.
En él se expondrá la actividad o actividades que se describen en el documento.
2 ALCANCE:
Este apartado es obligado y se numera con el 2.
Aquí se delimita el ámbito de aplicación de las actividades recogidas en el punto 1 (objeto).
3 REFERENCIAS:
Este apartado es obligado y se numera con el 3.
Se incluirá un listado con todas las normas, documentos, capítulos del manual de calidad, procedimientos u otros documentos que complementen o sean necesarios para la aplicación del documento.

Diagramación de los Procedimientos:

En todos los diagramas utilizaremos los símbolos que a continuación se describen.


TERMINAL:       (Círculo Elongado). Se utiliza para indicar el principio y fin de un proceso. Normalmente la palabra inicio o fin es la que se usa en el símbolo.
DECISIÓN:       (Rombo). Permite alterar la secuencia de un proceso de acuerdo a una pregunta que se escribe dentro del rombo. El flujo toma uno de dos caminos, si la respuesta es afirmativa o negativa. La continuación natural del flujo debe corresponder a la respuesta afirmativa y para ello hay que elaborar la pregunta de la manera que convenga.

ACTIVIDADES: (Rectángulo).  Se  utiliza  para  describir  las actividades que componen el proceso. Hay que iniciar la descripción de las actividades, siempre con un verbo activo y hacer un esfuerzo por  resumir con  claridad,  para  aprovechar  el poco  espacio disponible. Esta descripción es un paso crítico en la diagramación y análisis de un proceso.

DIRECCIÓN DE FLUJO: (Flecha). Se utiliza para conectar dos símbolos secuenciales e indicar la dirección del flujo del proceso.
CONECTOR: (Círculo Pequeño con Flecha). Se escribe una letra en su interior y sirve para conectar dos símbolos que están en secuencia y en la misma hoja del diagrama, paro unirlos implica cruzar líneas o deteriorar la estética. Siempre son parejas y en ambos debe aparecer la misma letra.
MOVIMIENTO: (Flecha Ancha). En su interior se describe una actividad que corresponda al movimiento físico de cosas, de un lugar a otro.  Movimiento entre oficinas, correo, transporte de cualquier tipo, etc.
TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA: (Flecha Ancha con una E). En su interior se describe una actividad que corresponda al movimiento electrónico de información o formatos. Cubre Fax, Teléfono y Redes.
INSPECCIÓN: (Círculo Grande). Se utiliza para indicar que el proceso se detiene para realizar una evaluación. Puede representar un punto donde se requiere una firma de autorización.
DOCUMENTACIÓN: (Rectángulo con Fondo Curvo). Se utiliza para indicar que la salida de una actividad es información en papel. Puede  tratarse  de  un  informe, una  carta  o  un  listado  de computadora.
RETARDO: (Rectángulo Redondeado). Se utiliza par indicar que el proceso se detiene en espera de autorización o por cuestiones de logística o de trámite.
ALMACENAJE:  (Triángulo  Invertido).  Representa  la  actividad deliberada de almacenaje, en la cual la salida del almacén requiere una orden específica.

ANOTACIÓN (Rectángulo abierto). El extremo de la línea punteada se coloca sobre alguna parte importante del diagrama y dentro del rectángulo, se escribe alguna aclaración, advertencia, instrucción especial o cualquier comentario que se considere necesario, acerca de esa parte del diagrama. El rectángulo se debe colocar separado del proceso, de manera que no complique el dibujo.
SALTO DE PÁGINA. (Pentágono Invertido). Se utiliza para conectar dos símbolos que están en secuencia, pero en diferente página. Siempre deben ser parejas y llevan la misma letra en su interior.




Diseño de Políticas:

Política Organizacional
Es la orientación o directriz que debe ser divulgada, entendida y acatada por todos los miembros de la organización, en ella se contemplan las normas y responsabilidades de cada área de la organización. Las políticas son guías para orientar la acción; son lineamientos generales a observar en la toma de decisiones, sobre algún problema que se repite una y otra vez dentro de una organización. En este sentido, las políticas son criterios generales de ejecución que complementan el logro de los objetivos y facilitan la implementación de las estrategias. Las políticas deben ser dictadas desde el nivel jerárquico más alto de la empresa.

Ejemplo de Manual y Procedimientos:


http://rrhh.seniat.gob.ve/archivos/Estandar_%20Elaboracion_Manuales_Norma_Procedimiento.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario